Trámite para la declaración de bienes inmuebles.
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Requisitos
- Llenar la Solicitud por ambos lados, en la Unidad de Servicio al Cliente.
- Copia de la cédula del propietario del Bien Inmueble a exonerar.
- Certificación de Índice de propietario extendida por el Registro Público o Institución que brinde el Servicio, vigente al momento de presentarlo.
- Las personas menores de edad, deben de presentar una certificación de nacimiento del Registro Cívil.
- Si al propietario se le dificulta realizar el Trámite (se encuentra fuera del país u otro inconveniente que le impida firmar) puede presentar un poder especial vigente, que faculte a otra persona para realizar el mismo.
- Si la certificación de propiedades indica por error otras fincas que no le pertenecen, debe presentar una certificación del Departamento de Restitución e índice de Propietarios..
SOLICITUD DE
EXONERACIÓN ANUAL DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES PERÍODO FISCAL
2021 LEY 9848 DECRETOS EJECUTIVO #439876 ARTÍCULO 21 INCISO B
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Duración del trámite
El trámite es inmediato, siempre y cuando la información presentada coincida con la Base de Datos Municipales, en caso que la información del interesado haya cambiado respecto a la base de datos municipal, debe solicitar un Cambio en la Base de Datos previo al trámite de exoneración (No afectación al Impuesto sobre los Bienes Inmuebles). .
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Notas
Este Trámite debe ser solicitado año con año y se recomienda consultar primero en la Unidad de Servicio al Cliente antes de acercarse a una Caja Recaudadora para cancelar.